Este miércoles, mediante un juicio abreviado, se resolvió la situación procesal de K.N.U., un hombre de 31 años acusado de amenazar y lesionar a su entonces pareja y madre de su hijo.
EL CASO
Los hechos ocurrieron el 22 de enero de 2023 en la vivienda que compartían en la Villa de Merlo. El primer episodio tuvo lugar en horas de la siesta cuando, en medio de una discusión, K.N.U. arremetió contra su pareja, propinándole golpes de puño y patadas en distintas partes del cuerpo.
La mujer logró escapar, retiró a su hijo de la casa de su suegra, y se refugió en el domicilio de una amiga.
Alrededor de las 10 de la noche, K.N.U. salió de trabajar y, al no encontrar a su pareja en la casa, comenzó a enviarle mensajes a su celular amenazando con matarla. También la buscó por los domicilios de familiares y amigos.
Al día siguiente, la víctima realizó la denuncia en la fiscalía. Allí, comunicó a las autoridades que la relación con el padre de su hijo siempre fue violenta, que no era la primera vez que la agredía, y que por ese motivo había decidido terminar el vínculo.
JUICIO ABREVIADO
El magistrado asignado para dirigir el debate como juez unipersonal, fue el Dr. Gustavo Daniel Sanchiño; asistido por la Secretaria Subrogante, Dra. Romina Quatroque.
En representación del Ministerio Fiscal, intervino la Dra. Débora Antonella Roy Gitto; mientras que el acusado fue representado por los Defensores Oficiales en lo Penal, Dr. José Francisco Pérez y Dra. María Luz Vílchez.
Al iniciar el debate, la fiscal relató los hechos que motivaron la causa y enumeró las evidencias que fundamentaron la acusación. Entre ellas, la pericia realizada por el Departamento de Delitos Complejos al celular del acusado, donde obran las amenazas proferidas a su entonces pareja; los informes médicos del Hospital y del Cuerpo Profesional Forense, que dan cuenta de las lesiones provocadas a la víctima; y los relatos de personas del entorno cercano de la mujer, quienes expusieron sucesos anteriores de violencia en el marco de dicha relación.
Acto seguido, informó al magistrado sobre el acuerdo de juicio abreviado que presentó la defensa, a través del cual, el acusado reconoció su autoría en los hechos atribuidos y prestó conformidad para la imposición de una pena de 3 años de prisión en suspenso. También se comprometió a realizar tratamiento psicológico por el término de un año.
El juez explicó a las partes los alcances del acuerdo presentado, aclarándoles que, para que fuera válido, debía ser ratificado por el acusado.
K.N.U. avaló verbalmente la propuesta de la defensa, mostrándose arrepentido por su accionar. Asimismo, manifestó que, tiempo atrás, tuvo posibilidad de hablar con la madre de su hijo y pedirle disculpas por lo ocurrido.
La víctima también presenció la audiencia y refirió que en la actualidad tiene una buena relación con su ex, que lo hace por su hijo, y que no hubo nuevos hechos de violencia.
Al contar con la conformidad de todas las partes, el magistrado resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, declarando a K.N.U. culpable como autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas y lesiones leves, en concurso real, agravados por la convivencia preexistente y por ser cometidos en contexto de género, condenándolo a sufrir la pena de 3 años de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas procesales.
Finalmente, le advirtió que, para mantener la suspensión condicional del juicio, deberá cumplir y acreditar las pautas de conducta que se le impongan en la sentencia. Caso contrario, dicho beneficio será revocado y tendrá que cumplir la totalidad de la pena de manera efectiva.
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