7 septiembre, 2024

VIALIDAD PROVINCIAL COMENZÓ A RECUPERAR 9 MOTONIVELADORAS INDEBIDAMENTE DONADAS

Fueron adquiridas por el gobierno anterior para tareas de vital importancia, pero decidieron de manera arbitraria adjudicarlas a distintos municipios antes de dejar la gestión. Potrero de los Funes (foto) ya reintegró una de las máquinas. Cuáles son los otros municipios.

El gobierno provincial informó que “de manera irregular, la administración que dejó el poder el 9 de diciembre donó nueve motoniveladoras que fueron adquiridas para la Dirección Provincial de Vialidad. A través de un decreto decidió alterar el destino de la maquinaria, que es sustancial para la reparación y mantenimiento de las vías de circulación y sobre todo de los caminos rurales que conducen al interior profundo de San Luis, tarea de gran impacto a esta altura del año”.

El equipamiento había sido destinado, de modo indebido, a distintas localidades. En este caso, el Concejo Deliberante de Potrero de los Funes aprobó la devolución de la motoniveladora que había sido entregada al Municipio, haciendo lo estrictamente correcto.

OTRAS DONACIONES

Apuntes de San Luis pudo acceder a los fundamentos del dictamen emitido por el Dr. Roberto Pagano, Director Jurídico del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

En el relato de los hechos, se informa que el gobierno provincial adquirió con destino a la Dirección de Vialidad Provincial 9 motoniveladoras, a través de una licitación fechada en febrero de este año. En el mes de abril se adjudicó la compra a firma Distribuidora Motorpart S.R.L en la suma de pesos cuatrocientos noventa y siete mil millones setecientos noventa mil ($ 497.790.000).

Luego a través de diferentes decretos, y sin que se modificara el destino original, el anterior gobierno procedió a efectuar la donación a diferentes municipios, en un marco de “absoluta ilegalidad”.

“Al alterarse arbitrariamente el destino por el que decidió la compra, se ha violado palmariamente el art. 89 de la Ley de Contabilidad de la Provincia en cuanto establece con total claridad el destino que debe darse a los bienes muebles que no debe ser otro que el uso para el que fueron adquiridos, de acuerdo  a las especificaciones del crédito presupuestario afectado y que claramente no era otro que la Dirección Provincial de Vialidad”, agrega el dictamen.

Señala también que “tampoco se ha acreditado que los respectivos Concejos Deliberantes de aquellas Municipalidades que lo tuvieren, hubieren dictado la correspondiente Ordenanza de aceptación del bien donado (…) nos encontraríamos ante una verdadera descapitalización de un ente de fundamental importancia como es Vialidad Provincial, sobre todo en esta época del año, lo que implica que al haberse sustraído bienes destinados a ser usados en la función sustancial de Vialidad Provincial, podríamos encontrarnos ante una Malversación de Bienes Públicos en los términos y alcances del art. 260 del Código Penal Argentino”.

Ante ello concluye: “De esta manera la NULIDAD de los Actos Administrativos mediante los cuales se realizaron la donaciones, se exhibe prístina, no obstante lo cual al no haberse efectivizado la trasferencia de Dominio de las máquinas, los Municipios lo que tienen hoy es una simple tenencia de las mismas, por lo que está Dirección Jurídica y salvo el mejor criterio del Sr. Ministro, opina que las mismas deberían ser recuperadas de inmediato por la Dirección Provincial de Vialidad, y en base a los argumentos aportados procederse, también de inmediato, a la Derogación de los Decretos cuestionados”.

Las Municipalidades que recibieron una motoniveladora en donación fueron las siguientes: San Martín (Departamento San Martín), Nueva Galia (Departamento Gobernador Dupuy), La Toma (Departamento Coronel Pringles), Buena Esperanza (Departamento Gobernador Dupuy),  Potrero de los Funes (Departamento Pueyrredón), San Francisco (Departamento Ayacucho), Villa Mercedes (Departamento General Pedernera), Concarán (Departamento Chacabuco) y Quines (Departamento Ayacucho).

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