Asimismo, aseguró que tiene las capturas de pantalla de las conversaciones. Por otro lado, se conoció que las cámaras de seguridad de Olivos solo guardan las imágenes 35 días.
En el marco de su declaración por la denuncia por violencia de género contra el ex presidente, la ex primera dama Fabiola Yañez sostuvo ante la Justicia en las últimas horas que extravió el teléfono celular que contenía las conversaciones con Alberto Fernández. Se trata de los chats que evidencian el maltrato y las golpizas.
Según informó La Nación, Fabiola indicó que el teléfono lo perdió durante una de las mudanzas que realizó en España, cuando se fue del departamento que compartía con el ex mandatario en Madrid.
De todas formas la Justicia confía en poder reconstruir las conversaciones, ya que Yañez cuenta con capturas de pantalla de las conversaciones anteriores a 2024 y aportará a la Justicia los intercambios de los últimos meses.
Por su parte, Fernández aseguró durante la entrevista al diario El País que le “desaparecieron” los chats con su ex pareja entre los años 2022 y 2023. “No tengo manera de corroborar cómo es toda esa conversación”, argumentó.
Se espera que en los próximos días Fabiola vuelva a presentarse ante la Justicia para presentar los chats con Fernández de las últimas semanas, los cuales probarían que violó la orden del juez de no comunicarse con ella, una restricción notificada al ex presidente el 6 de agosto.
En tanto, Fabiola Yañez rechazó que la causa por lesiones graves y violencia de género contra el ex presidente Alberto Fernández pase a los tribunales de San Isidro, como había pedido el ex mandatario.
En un escrito presentado en la causa que tramita en los tribunales de Comodoro Py, la abogada de Yañez, Mariana Gallego, remarcó que los hechos de violencia comenzaron en el barrio porteño de Puerto Madero en 2016.
El planteo de incompetencia fue realizado por Alberto Fernández, quien pretende que el juez federal Julián Ercolini se desprenda del caso y lo pase a San Isidro, asegurando que es la jurisdicción que corresponde sobre la quinta de Olivos.
Sobre este tema se expedirá primero el fiscal Ramiro González y luego el juez Ercolini.
CÁMARAS DE SEGURIDAD
La recolección de las pruebas en el marco de la causa contra el ex presidente Alberto Fernández por presunta violencia de género sufrió un revés debido a que la Justicia no podría acceder a las grabaciones de lo que ocurría en la Quinta de Olivos durante el gobierno anterior, como solicitó recientemente.
De acuerdo con lo que precisaron a Infobae fuentes que conocen el funcionamiento de la residencia oficial a la perfección, por problemas técnicos no existirían registros fílmicos de las actividades en ese lugar entre el 2021 y el 2023, periodo en el cual el entonces mandatario habría golpeado a quien era su pareja, Fabiola Yañez.
Ocurre que las cámaras de seguridad del predio tenían en aquel momento un almacenamiento de hasta 35 días, como máximo, por lo que se sobreescribían los archivos una vez que el sistema ya no tenía más capacidad.
“NO HUBO HOSTIGAMIENTO”
Por otro lado, el último contacto telefónico entre Alberto Fernández y Fabiola Yañez se registró el martes 6 de agosto a las 17:09 (hora de Argentina). Dos horas después, a las 19:47, el ex presidente se notificó en su departamento de la orden firmada por el juez Julián Ercolini, que esa misma tarde le había prohibido tomar contacto con la denunciante.
El dato, si se confirma, podría tener consecuencias inmediatas para el desarrollo de la causa por violencia porque el supuesto hostigamiento fue el argumento que utilizaron los fiscales para pedir el secuestro del teléfono del ex presidente. Eso ocurrió el 9 de agosto por la noche.
El día clave fue el martes 6, cuando Fabiola Yañez decidió llamar al juzgado desde Madrid y activar la denuncia penal. A media tarde, Ercolini le prohibió al ex presidente “todo tipo de contacto físico, telefónico -por línea fija y/o celular-, por correo electrónico, sistema de mensajería de texto y/o voz a través de cualquier plataforma, por vía de terceras personas y/o por cualquier otro medio que signifique intromisión injustificada con relación a la persona nombrada”.
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