Los cargos son por hurto calificado, entrega de arma y desobediencia a los deberes de funcionario público. La audiencia se realizó en el Juzgado de Garantías Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial. El imputado cumplía funciones como personal policial al cometer los hechos investigados.
El singular hecho ocurrido el pasado 9 de julio en la Comisaría de Justo Daract.
El Dr. Maximiliano Bazla Cassina – Fiscal de Instrucción N º 1 – relató que en esa oportunidad, el imputado, quien cumplía funciones en esa dependencia policial y se encontraba como jefe de servicio, permanecía en la cocina de la comisaría. Fue allí que ingresó una compañera para ir al baño y depositó su arma reglamentaria en un cajón. En esa oportunidad, el imputado se habría apoderado del arma.
Posteriormente, relató el representante del Ministerio Público Fiscal, entregó el arma a un vecino para que procediera a la venta de la misma. Mencionó que existe una filmación realizada en la casa del imputado y que el arma fue entregada a una persona que no tenía autorización ni para tenencia ni para portación.
El arma fue finalmente localizada, como resultado de un allanamiento, en el domicilio de una tercera persona.
El Ministerio Público Fiscal detalló que el imputado realizó una operación comercial de venta del arma.
Pidió se formulen cargos como autor de los delitos de hurto simple agravado por ser funcionario público en concurso real con la entrega de un arma de fuego todo ello en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario (Arts. 162, 163 us, 248, 189 bis Inc. 4to párrafo primero, Art. 54 55 y 45 del Código Penal Argentino).
Por su parte, el Dr. Gustavo Ávila, en la Defensa, explicó que la investigación surgió cuando la damnificada notó que no tenía el arma reglamentaria, el día 10 de julio. Aseguró que nadie pudo observar que el 9 de julio la mujer hubiera concurrido a la Comisaría portando su arma reglamentaria.
Asimismo, mencionó lo previsto en el estatuto del personal policial y aseguró que los policías no pueden desprenderse en ningún momento de su arma reglamentaria.
Sostuvo la inocencia de su asistido y aseguró que nunca hurtó el arma ni se apoderó de la misma.
Luego de escuchar a las partes, el Dr. Santiago Ortiz tuvo por formulados los cargos en los términos solicitados por el Ministerio Público Fiscal – hurto simple agravado por ser funcionario público en concurso real con la entrega de un arma de fuego todo ello en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario – mientras continué la etapa de investigación penal preparatoria, para la cual se estimó un plazo de cuatro meses.
Investigación Penal Preparatoria (IPP): Cabe recordar que el Código de Procedimiento Penal establece que, durante la IPP, el Fiscal de Instrucción practicará la investigación preparatoria con la finalidad de arribar a la solución del conflicto por cualquiera de las vías legalmente previstas para que el delito cometido no produzca consecuencias posteriores, reuniendo pruebas útiles para la acusación o un sobreseimiento y para promover o desechar la realización del juicio.
Junto con el Dr. Maximiliano Bazla Cassina estuvo presente la Dra. Cecilia Framini. Intervino como secretaria la Dra. Daniela Lopez Martín.
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