La Cámara Federal de Casación rechazó un recurso de queja presentado por la ex vicepresidenta Cristina Kirchner y confirmó, así, la decisión de la Cámara Federal que revocó su sobreseimiento en la causa conocida como “La ruta del dinero k”, donde ya recibieron condenas de prisión el empresario Lázaro Báez, sus hijos, el arrepentido Leonardo Fariña y un grupo de financistas, entre otros.
La decisión estuvo a cargo de la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky. Por una mayoría integrada por Hornos y Carbajo el fallo resolvió “No hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner” contra la decisión del 28 de noviembre pasado de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal porteña, que había revocado el sobreseimiento de la ex presidenta dispuesto por el juez Sebastián Casanello, remitiendo el expediente para continuar las investigaciones del caso.
La causa, conocida como La ruta del dinero K, comenzó en abril de 2013, y gran parte de esa investigación ya se debatió en juicio. Allí Lázaro Báez fue condenado junto a otros 17 imputados, entre ellos sus hijos, por haber llevado adelante maniobras millonarias de lavado de dinero, que rondaron los 55 millones de dólares. En el juicio oral se sostuvo que ese dinero provenía de la facturación ilegal y de la obra pública. En Casación confirmaron las condenas, aunque bajaron las penas. Y solo uno de los votos ratificó que el dinero venía de la obra pública.
El 24 de mayo del año pasado, el fiscal Guillermo Marijuan, que impulsó la causa durante una década, había solicitado el sobreseimiento de CFK tras considerar que no había elementos para avanzar en la investigación en su contra, a pesar de la “estrecha y directa relación entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez”. Ese pedido fue compartido por los querellantes estatales integrados por la AFIP y la UIF, a cargo en ese entonces de la gestión de Alberto Fernández.
Ante la falta de impulso acusatorio, el juez Casanello dictó el sobreseimiento de la ex jefa de Estado, pero la asociación civil Bases Republicanas, con terminales en el macrismo, luego de lograr ser incorporada a la causa bajo el rol de querellante tras un rechazo inicial del juez de primera instancia, apeló esa decisión y llegó hasta la Cámara Federal, donde a fines de noviembre se ordenó la reapertura de la investigación sobre CFK por los votos de los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi.
En esa resolución, la Cámara Federal planteó que se debía analizar la causa junto a las pruebas que expuso el fiscal Diego Luciani en el juicio Vialidad, estudiar el caso de Hotesur-Los Sauces y, además, sugirió incorporar las declaraciones de ex funcionarios arrepentidos en el expediente Cuadernos, así como las maniobras de lavado de dinero que salpican al financista Ernesto Clarens.
Bajo ese marco, la defensa de la ex presidenta interpuso un recurso de casación que no fue concedido por los jueces de la segunda instancia. Eso la llevó a presentar una queja para tratar el asunto de forma directa ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Al tratar este martes el caso, los camaristas Hornos y Carbajo expresaron: “La vía intentada por la parte recurrente resulta improcedente en tanto las decisiones atacadas no encuadran dentro de las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, en la medida en que no se trata de una sentencia definitiva o equivalente”.
Luego precisaron: “Tampoco se advierte, ni el recurrente alcanzó a demostrar que la resolución cuestionada produzca al impugnante un agravio de tardía o imposible reparación ulterior”.
Y al concluir con el rechazo de la queja de CFK, dijeron: ”No se ha acreditado (…) la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Casación como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re ‘Di Nunzio’”.
Por otro lado, el juez Borinsky manifestó su disidencia al considerar que debía hacerse lugar al planteo, en tanto “la naturaleza federal del agravio planteado (…) como así también la demostración del agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le generan, permite equiparar la resolución atacada a un pronunciamiento de carácter definitivo”.
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