27 julio, 2024

PRISIÓN DOMICILIARIA CON TOBILLERA ELECTRÓNICA POR SEGUIR HOSTIGANDO A SU EX PAREJA

En marco de una causa donde se investiga a un hombre como presunto autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y desobediencia de una orden judicial, el Dr. Matías Farinazzo Tempestini, Juez de Garantía Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, dispuso este viernes al mediodía que el imputado deberá cumplir como medida de coerción: cuatro meses de prisión domiciliaria utilizando un dispositivo electrónico. Además, ordenó una prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto con la damnificada.

La audiencia se desarrolló vencida la prórroga de detención para el imputado. En representación del Ministerio Público Fiscal estuvo presente el Dr. Maximiliano Bazla Cassina, Fiscal de Instrucción Nº 1 y la Dra. Cecilia Framini, Fiscal Adjunta. En defensa del imputado intervino la Dra. Eliana Pradel.

En primer lugar, la Dra. Framini relató en qué circunstancias se produjo el hecho y los motivos que fundamentaron el pedido de una medida de coerción. Explicó que el delito se habría cometido el pasado 9 de febrero en Villa Mercedes, cuando el imputado – acompañado por una mujer – habría provocado lesiones a su ex pareja, con quien tiene tres hijos. Relató que el imputado debía cumplir una orden judicial dictada el 8 de julio del 2022, cuando se había dispuesto una prohibición de acercamiento, entre otras medidas que, en ese momento, le permitieron recuperar la libertad.

La Dra. Framini relató el contexto de violencia en que se produjo el hecho. En el mismo sentido, el Dr. Bazla mencionó que la damnificada se encuentra inmersa en un círculo, en el que se registraron episodios de violencia física y económica. “Ese círculo de violencia nos obliga  a nosotros a aplicar la perspectiva de género”, dijo.

El Dr. Bazla especificó que el imputado hizo caso omiso a todas las órdenes que se le han dado, mencionó el riesgo para la víctima y para sus hijos  y pidió que el pedido de prisión preventiva sea analizado en ese contexto.

Por su parte, la Dra. Eliana Pradel no consideró procedente el dictado de la medida de coerción más gravosa y propuso la detención domiciliaria. Mencionó circunstancias personales del imputado.

Luego de escuchar a las partes, el Dr. Farinazzo Tempestini mencionó el principio de proporcionalidad y razonabilidad. “Encuentro que estamos en un grado de probabilidad de que el hecho pudo haber acontecido”, dijo.

A continuación, analizó elementos que indicaran riesgos procesales y peligro de fuga. Mencionó los artículos 205 y 206 del Código de Procedimiento Penal. Destacó que, luego de la resolución dictada el 8 de julio del 2022, el imputado permaneció en la ciudad de Villa Mercedes. También mencionó que el día de la fecha de denuncia el imputado se presentó voluntariamente en la Comisaría para realizar un descargo.

Consideró que la víctima requiere protección, ya que el imputado habría incumplido medidas dispuestas anteriormente. “En función de lo cual entiendo que procede  una medida de coerción,  y que la misma es necesaria toda vez que las medidas previas han demostrado no ser eficaces para proteger a la víctima”, dijo.

Finalmente, el Juez de Garantía Nº 2 dispuso al imputado prisión domiciliaria por el plazo de cuatro meses (inter se lleve a cabo la etapa investigativa) con control semanal – por parte del Instituto Provincial de Reinserción Social – con el uso de  una tobillera electrónica. Asimismo, estableció una prohibición de acercamiento de un kilómetro – respecto de la víctima, como así también todo tipo de contacto.

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal dejó planteado un recurso de revisión.

 

 

 

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