12 diciembre, 2024

REVOCARON PRISIÓN DOMICILIARIA AL PROFE DE BÁSQUET ACUSADO DE ABUSO

El Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial hizo lugar a una apelación presentada por el Fiscal de Juicio y revocó la prisión preventiva domiciliaria al profesor de básquet de Villa Mercedes, Víctor Hugo Figueroa, quien está acusado de un delito contra la integridad sexual en perjuicio de una menor.

Como se recordará, semanas atrás se conoció que el imputado había sido favorecido con una medida de prisión preventiva domiciliaria, lo que provocó un estrépito social, generando el repudio generalizado. La medida fue cuestionada hasta por el gobernador Claudio Poggi y la ministra de Seguridad Nancy Sosa, además de originar movilizaciones sociales de familiares y conocidos de la víctima.

En una audiencia que se desarrolló en la mañana de este martes, el Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera  Circunscripción Judicial – integrado por el Dr. Marcelo Oscar Bustamante Marone –Presidente- y  por la Dra.  María Monserrath Bocca  y por el Dr. Jorge Sabaíni Zapata – Vocales – hizo lugar a un recurso de apelación presentado por el Fiscal de Juicio – Dr. Ernesto Lutens – y revocó la prisión preventiva domiciliaria dispuesta el pasado 1º de noviembre para un hombre que será juzgado como autor de un delito contra la integridad sexual.

Asimismo, el Tribunal resolvió que el acusado continuará cumpliendo la prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial hasta que se lleve a cabo el juicio oral. También ordenó oficiar con habilitación de día y hora a la Oficina Judicial a fin de que se fije una fecha próxima de juicio, disponiendo -si hiciera falta –  la habilitación de feria judicial.

El hombre está acusado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado y corrupción de menores, agravado por la edad de la víctima, figuras éstas en concurso real y en calidad de autor (Arts. 45, 119 3er párrafo, 125 2do párrafo y 55 del Código Penal), en perjuicio de una niña. El primero de noviembre pasado, en una audiencia solicitada inicialmente por el Fiscal de Juicio para tratar el vencimiento de la prórroga de la prisión preventiva, se dispuso que el acusado cumpliera prisión preventiva domiciliaria hasta la realización del debate oral. Para obtener más información sobre esta causa ingrese al siguiente enlace:

https://www.periodicojudicial.gov.ar/causa-de-abuso-sexual-sobre-la-prision-preventiva-domiciliaria-del-acusado/

En la audiencia que se desarrolló hoy, el Dr. Ernesto Lutens – Fiscal de Juicio – expuso agravios. Pidió que se analizaran particularidades de la causa y consideró que es necesario un sustento científico a fin de comprobar las razones de salud que presenta el acusado y que justificarían su prisión domiciliaria.

Aseguró que la prisión domiciliaria pone en riesgo a las partes involucradas en la causa, mencionó la pena en expectativa prevista y aseguró que existe riesgo procesal. Consideró que el juicio debe llevarse a cabo “sí o sí” y solicitó la revocación de la prisión domiciliaria.

A continuación, la Dra. María Victoria Cortázar, Defensora de Niñez y Adolescencia, adhirió en todo a lo expuesto por el Fiscal de Juicio y también solicitó que se revoque la prisión preventiva domiciliaria. Consideró que se debe garantizar la tutela judicial efectiva y asimismo, afirmó que – ante un eventual conflicto de intereses – debe prevalecer el interés superior del niño.

Luego, el Dr. Pascual Celdrán – en representación de la Querella – explicó que no se referiría a  los agravios vertidos por el Dr. Lutens, ya que el recurso  fue presentado por el Ministerio Público Fiscal.  Pidió que se respete el derecho a la víctima a una sentencia en tiempo razonable. “Pido que se fije la fecha de juicio oral de manera inmediata, la víctima tiene derecho  tener una sentencia y tienen derecho todas las partes del proceso”, dijo.

Por último, la Dra. Rocío Mediavilla – Defensora de Juicio – rechazó en todo lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal y por la Defensora de Niñez. Aseguró que su asistido tiene derecho a una defensa  técnica plena y eficaz. Se expresó en relación a la resolución que dispuso la prisión preventiva domiciliaria y la consideró ajustada a derecho y fundamentada.

Aseguró que no existen riesgos procesales y mencionó que en el sistema acusatorio, la libertad del acusado durante el proceso es la regla.

Luego de un breve cuarto intermedio, el Tribunal dio a conocer la resolución con la que hizo lugar al recurso de apelación presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocó la prisión domiciliaria oportunamente dispuesta, ordenando el traslado del acusado al Servicio Penitenciario Provincial, donde deberá cumplir prisión preventiva hasta el inicio del debate oral.

Asimismo, ordenó que se oficie al Servicio Penitenciario Provincial a fin de que se arbitren los medios para brindar al acusado la medicación y el correspondiente tratamiento atento su estado de salud.

Entre otros argumentos, mencionó que deben prevalecer los derechos de la víctima y destacó su doble vulnerabilidad, como niña y como mujer. También resaltó que las razones de salud invocadas por el acusado deben estar debidamente fundadas.

Asimismo refirió a la complejidad de la causa y  la magnitud de los delitos y ordenó que se oficie a la Oficina Judicial a fin de que se fije fecha de inicio del juicio oral.

 

 

 

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