24 marzo, 2025

CONDENA EN SUSPENSO A UNA CABO DE LA POLICÍA POR PARTICIPAR DE UN ROBO

Condenan a tres años de prisión en suspenso a una de las seis personas imputadas por el robo a un comercio de venta de materiales ubicado sobre la Autopista 25 de Mayo, en cercanías de Los Molles.

Se trata de Analía Gil, que se desempeñaba como Cabo de la Policía de la Provincia, y que fue declarada culpable como partícipe secundaria del hecho ocurrido el 20 de enero de 2024.

La causa se resolvió bajo el procedimiento de juicio abreviado. En su integración unipersonal, José Luis Flores, juez del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción, homologó el acuerdo presentado por el fiscal Ricardo Barbeito con el consentimiento de la defensa y de la acusada, quien reconoció su responsabilidad en el hecho y su participación y aceptó la calificación legal como así también la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal.

De acuerdo con la investigación, la mujer fue quien realizó la inteligencia para el robo al corralón ya que facilitó a los demás acusados información sobre las condiciones del lugar, el propietario e incluso sobre el dinero que había recibido previamente. La víctima sufrió el robo de 350 mil pesos y 1700 dólares.

En su veredicto, Flores también rechazó la devolución del vehículo de Gil, indicado en la investigación como el rodado en el que se trasladó la acusada para cometer el delito por el que se la condenó. “En esta ocasión y para esta causa, rechazar el pedido y decir que el mismo sea tratado a lo que resulte necesario para el juicio principal del que se desprende este como trámite abreviado, de modo tal de no afectar lo que pudiere llegar a ser una utilidad probatoria que no puedo evaluar sin que afecte a mis colegas que integren ese Tribunal”, explicó el juez.

Además de la condena, se le impusieron una serie de pautas de conductas que Gil deberá cumplir bajo apercibimiento de convertir en efectiva la pena en suspenso:

  • No se podrá mudar de domicilio ni de ciudad sin que sea de conocimiento del juez de Ejecución de la pena.En caso de que no estuviera ejerciendo un trabajo, deberá buscar una actividad, sea por cuenta propia o en dependencia y acreditar tal circunstancia.

  • Se le prohíbe el consumo de drogas y bebidas alcohólicas de manera problemática.

  • No podrá cometer delitos durante el tiempo que prevé la ley, mínimamente de cuatro años, si ello no sucediera, el art. 27 bis dice que no solamente se habrá de cumplir la pena que corresponde a este nuevo delito sino que se puede llegar a sumar el cumplimiento total o parcial de esta misma pena.

 

 

 

 

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