14 marzo, 2025

REMATE DEL INMUEBLE DE CLÍNICA DEL NIÑO: INFORMACIÓN SOBRE LA INSCRIPCIÓN

En este informe conozca los requisitos para participar del proceso, que se realizará con modalidad electrónica a través de la página del Poder Judicial de San Luis.

En el marco de la causa –concurso y quiebra- de la Clínica del Niño de Villa Mercedes que tramita en el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, la Dra. Melisa Guzmán – Secretaria de Concursos y Quiebras– dio a conocer la información necesaria para aquellas personas interesadas en participar de la subasta que se realizará oportunamente.

Cabe recordar que el Sistema de Subastas Judiciales Electrónicas (SSJE) fue establecido a través del Acuerdo Nº  192/18 del Superior Tribunal de Justicia para toda la jurisdicción provincial y que se rige bajo un reglamento incluido en la misma normativa, del cual se transcriben a continuación algunos puntos esenciales:

 CAPÍTULO 1: TRÁMITE PARA LA INSCRIPCIÓN.

Artículo 5: La Secretaría de Informática Judicial del Superior Tribunal de Justicia, por intermedio de la Sub Secretaría de Tecnología, tendrá a su cargo las cuestiones que se susciten en relación al Registro General de Postores, además de desarrollar las funciones y tareas que el presente Reglamento le encomienda.

Artículo 6: Cualquier persona fisica o jurídica podrá inscribirse en el Registro General de Postores, para participar en las subastas judiciales electrónicas del Poder Judicial Provincial.

Artículo 7: La inscripción en el Registro General de Postores tendrá una vigencia de dos años, contados a partir de la admisión del postulante, plazo que transcurrido producirá automáticamente la caducidad de la inscripción.

Los interesados podrán reinscribirse, debiendo efectuar nuevamente el procedimiento de admisión. Para ello se habilitará la posibilidad de reinscripción con una antelación de quince (15) días hábiles previos al vencimiento de la inscripción anterior.

Artículo 8: Las solicitudes de inscripción se harán a través de formularios predispuestos en el Portal de Subastas Judiciales Electrónicas. Una vez formulada la solicitud el sistema generará una constancia de admisión, que será comunicada al interesado mediante correo electrónico, en la que figurarán los datos personales ingresados por el solicitante.

Artículo 9: Los datos que se ingresen en el formulario de inscripción, revestirán carácter de declaración jurada, los que podrán estar sujetos a validación, mediante convenios con entidades públicas o privadas.

Serán requisitos de admisión para ingresar en el Registro General de Postores, los siguientes:

  1. a) Personas Físicas: 1) nombre y apellido completo; 2) tipo y número de documento; 3) nacionalidad; 4) domicilio real actualizado; 5) Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L) o Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.); y 6) los apoderados deberán informar los datos que anteceden respecto de sus poderdantes, como así también de su persona, incorporando copia digital del instrumento legal que acredite dicha representación.

  2. b) Personas Jurídicas: 1) la razón social y domicilio social; 2) nombre completo y número de documento de los representantes legales de la sociedad, y el instrumento legal que acredite dicha representación, digitalizado, y 3) Código Único de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

  3. c) En ambos casos se deberá declarar dirección de correo electrónico, teléfonos fijo y móvil.

  4. d) Los usuarios serán responsables de comunicar cualquier modificación en sus datos, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 15 del presente Reglamento.

CAPÍTULO 2: INSCRIPCIÓN.

Artículo 10: Es de exclusiva responsabilidad del usuario mantener la confidencialidad de su contraseña y cuenta de usuario, resultando responsable de cualquier actividad que se realice o tenga lugar mediante su utilización. La cuenta de usuario del Registro General de Postores es de uso personal e intransferible, y queda prohibido su acceso por parte de un tercero distinto a su titular, como así también su transmisión o cesión por cualquier causa.

El usuario no deberá utilizar la aplicación del Portal de cualquier forma que pueda dañar, sobrecargar o afectar su funcionamiento, bajo pena de ser sancionado y reclamársele los daños y perjuicios que su accionar pudiere causar.

Artículo 11: Cuando la solicitud de inscripción como postor fuere rechazada, el interesado deberá comunicarse con la Sub Secretaría de Tecnología para tomar conocimiento de los motivos de su rechazo y colaborar con la subsanación de las causas que obstan su admisión, en caso de ser posible.

Artículo 12: En los casos que el usuario resulte adjudicatario, pero incumpliere con sus obligaciones relativas al pago del monto ofertado, será inhabilitado por el plazo de seis meses. Si luego del período de inhabilitación reincidiere durante la vigencia del mismo período de inscripción, la inhabilitación será por el lapso de dos años calendario. El Juez de la causa deberá comunicarla a la Sub Secretaría de Tecnología, a sus efectos. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior el incumplimiento del adjudicatario del que resultare la frustración de la subasta, será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinticinco por ciento (25%) del valor ofertado, lo que será dispuesto por el Juez de la causa.

Artículo 13: Sin perjuicio de la situación descripta en el artículo anterior, el incumplimiento de otras obligaciones establecidas y compromisos asumidos por el usuario, facultará al Superior Tribunal de Justicia a revocar su inscripción y darlo de baja en el sistema, hasta por un plazo de hasta dos años, según la gravedad de la infracción. La comunicación al Alto Cuerpo la efectuará la Secretaría de Informática, por intermedio de Secretaría Administrativa.

Esta sanción será susceptible de recurso de reconsideración, que deberá interponerse dentro del plazo de tres días de notificada la misma.

En el siguiente link usted puede encontrar TUTORIALES https://subastas.justiciasanluis.gov.ar/guia/ sobre el sistema de subasta electrónica con información como, por ejemplo, cómo registrarse, cómo participar de la subasta, cómo realizar el pago, etc

Asimismo, también puede encontrar respuestas a CONSULTAS FRECUENTES a través de este enlace: https://subastas.justiciasanluis.gov.ar/preguntas_frecuentes/

Para acceder al sitio web del  Sistema de Subastas Judiciales Electrónicas usted debe ingresar al link https://subastas.justiciasanluis.gov.ar/

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