El hombre había robado en febrero una importante cantidad de dinero en Merlo. Fue tan torpe, que en su huida se le cayó un oficio judicial donde lo obligaban a realizar tareas comunitarias, entre las que asaltar una casa claramente no es una de ellas.
W.J.S., un hombre de 28 años con domicilio en la Villa de Merlo, fue formalmente imputado el viernes como autor del delito de robo simple.
En su presentación del caso, la Fiscal Adjunta Sandra Aguirre relató que el hecho ocurrió el 17 de febrero de 2024, entre las 11:30 y 13:00 horas aproximadamente, en una vivienda ubicada en calle Juana Koslay de la referida Villa turística.
Una de las víctimas del robo fue quien dio aviso a la policía, cuando al llegar a su casa observó que la manija del portón de ingreso había sido arrancada, como así también, que las cerraduras de la reja y de la puerta que dan al patio estaban forzadas y abiertas. Al interior del inmueble, el personal policial encontró un hacha sobre la mesa de la cocina, posiblemente utilizada para forzar las aberturas. La herramienta pertenece al dueño de la propiedad y solía guardarla en la cochera.
Tras inspeccionar la planta baja, subieron a las habitaciones. Allí encontraron ropa y elementos dispersos por todo el lugar. Los propietarios advirtieron el faltante de una billetera que contenía dinero en moneda estadounidense, y de una caja donde tenían guardada una importante suma en pesos argentinos.
Al registrar el exterior del inmueble, la policía halló rastros de pisadas hasta el paredón que colinda con un terreno baldío. En ese lugar también encontraron huellas; un martillo propiedad del damnificado; y un oficio a nombre de W.J.S. emitido por el Juzgado de Ejecución de la Tercera Circunscripción, donde le ordenaban realizar tareas comunitarias en el marco de una causa por incumplimiento a una orden judicial.
En función de la evidencia reunida, se ordenaron dos allanamientos. Uno de ellos en la casa del sospechoso, donde se halló dinero escondido en diferentes lugares, procediéndose al secuestro de más de 150 mil pesos y calzado similar al que posiblemente utilizó el día del ilícito.
W.J.S. no se encontraba en el lugar y, al no poder ubicarlo, la fiscalía libró una orden de detención y captura; siendo aprehendido el pasado 9 de abril en la ciudad de Río Cuarto, provincia de Córdoba, y trasladado a la provincia de San Luis este 18 de abril.
La representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como “robo simple”; solicitando un plazo de 120 días para finalizar la investigación y la prisión preventiva del imputado por el mismo término. Al respecto, reseñó que W.J.S. no sólo se mantuvo prófugo de la justicia, sino que también brindó una falsa identidad al momento de ser retenido por la policía riocuartense, motivo por el cual era necesario imponerle la medida de coerción para evitar el peligro de fuga y el entorpecimiento del proceso.
Por parte de la defensa, intervino el Defensor Oficial en lo Penal, José Francisco Pérez, quien manifestó que la detención fue ilegal y arbitraria, ya que la fiscalía nunca le informó a su defendido que habían iniciado un proceso contra él. Por lo tanto, tampoco se profugó, puesto que él no sabía que estaba siendo investigado, sostuvo Pérez.
También afirmó que la evidencia presentada no tenía vinculación con el hecho denunciado y, por ende, no podía atribuirse la comisión del delito a su representado sólo porque hallaron un oficio judicial a su nombre que ni siquiera estaba dentro de la propiedad donde se produjo el robo.
En virtud de ello, planteó la nulidad de la detención, se opuso a la medida de coerción requerida por la fiscalía y exigió la inmediata libertad de su defendido.
Luego de escuchar los argumentos de las partes, el Juez de Garantía N°2, Jorge Pinto, resolvió rechazar el planteo de nulidad de la defensa; tener por formulados los cargos en contra de W.J.S. por el delito de robo simple, y dictarle prisión preventiva por el término de cuatro meses, concediendo el mismo plazo al Ministerio Fiscal para culminar la investigación.
Finalmente, ordenó el inmediato traslado del imputado al Servicio Penitenciario Provincial, donde permanecerá alojado a la espera de la resolución procesal.
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