El Juez de Garantía provisorio N°1 de la Tercera Circunscripción, Dr. Matías Farinazzo Tempestini, ordenó 120 días de prisión preventiva para R.V.P., el hombre de 62 años acusado de matar a su pareja en Concarán.
La audiencia realizada el martes se inició a las 11:40 hs. El Juez también hizo lugar a la formulación de cargos en contra del imputado por el delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género.
Según las Fiscales Débora Antonella Roy Gitto y Lorena Ohanian el hecho ocurrió el 12 de agosto cuando R.V.P. atacó a puñaladas con un cuchillo en cuello y tórax a la víctima, su pareja, con intención de matarla.
Los restos de Margarita Azucena Quiroga, de 58 años, fueron encontrados el 12 de agosto en el domicilio que compartía con el ahora imputado. Según el informe del Dr. Gustavo Lafourcade, la causa de la muerte fue shock hipovolémico y asfixia por broncoaspiración sanguínea.
R.V.P. fue detenido el 13 de agosto en la zona de ruta provincial Nº 6 a la altura de Arroyo Las Cañas gracias a que un vecino dio aviso a la policía. El hombre tenía manchas hemáticas en su ropa y múltiples lesiones y rasguños.
Las Fiscales ofrecieron como evidencia, entre otras, entrevistas a familiares de la víctima para acreditar que Margarita sufría violencia física, psíquica y sexual.
Luego de exponer el resto de la evidencia colectada solicitaron 120 días de plazo para finalizar la investigación, lapso en el cual se realizarán entrevistas a demás testigos, se oficiará al Juzgado de Familia para conocer si hay causas en trámite, se desarrollarán las pericias de las prendas y elementos secuestrados, del celular de la víctima y se llevará cabo una pericia psicológica al imputado.
También pidieron que la calificación provisoria del hecho sea homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género (Art 80 incs. 1 y 11 y Art. 45 del Código Penal).
Seguidamente la querella, representada por la Dra. Guadalupe Sánchez, adhirió a lo solicitado por la Fiscalía.
Por su parte el acusado nombró como representante a la Dra. Mirtha Moreno, Defensora Oficial Adjunta en lo Penal de la Tercera Circunscripción, quien dijo que algunas de las evidencias que generó la Fiscalía se llevaron a cabo sin la intervención de la Defensa y agregó que el imputado no fue comunicado de la realización de aquellas medidas. Por ese motivo pidió que algunas de esas evidencias no sean tenidas en cuenta.
También solicitó que no se tengan por formulados los cargos en cuanto al agravante de “violencia de género” ya que consideró que esa calificación surgió de los testimonios de las hijas de la víctima con las cuales esta, no mantenía relación.
SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCIÓN
Durante la audiencia las Fiscales solicitaron la prisión preventiva por 120 días en base al peligro de fuga y el riesgo de entorpecimiento de la investigación. Para Roy Gitto y Ohanian el imputado, luego de cometer el hecho, quiso ocultar evidencia ya que se encontraron en el lugar una escoba y un balde. Además, dijeron que luego de asesinar a Margarita se trasladó en la bicicleta de la víctima y en el camino fue descartando diferentes elementos que pertenecían a la mujer.
La querella agregó que el imputado amenazó de muerte a las hijas de Margarita por lo que se trata de una persona peligrosa.
Finalmente, la Defensa dijo que no se encuentra realmente acreditado el peligro de fuga ya que el imputado tiene permanencia y estabilidad en Concarán, ya que nació allí y tiene hermanos en esa localidad.
Además, dijo que no se entiende cómo puede proceder el entorpecimiento de la investigación ya que se trata de un hombre de 62 años y con problemas de salud. Bajo este argumento pidió que no se haga lugar a la medida de coerción y se aplique una medida menos gravosa y más proporcional como la prisión domiciliaria.
Nota aclarativa: en virtud del principio de inocencia, consagrado como garantía constitucional, no se consignan los datos identificatorios del imputado hasta tanto se resuelva su situación procesal de manera definitiva.
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