27 julio, 2024

ACUEDUCTO VULPIANI: EL TRIBUNAL DE IMPUGNACIONES ESCUCHÓ A LAS PARTES Y PASÓ LA CAUSA A RESOLVER

El Tribunal de Impugnaciones de la ciudad de San Luis escuchó este lunes a la mañana las fundamentaciones de cada una las partes respecto a una apelación presentada por la Fiscalía N° 4 para que se revoque la resolución del Juzgado de Garantías N° 3 y se haga lugar al desalojo de un grupo de ambientalistas que acampan en el Acueducto Vulpiani de Juana Koslay.  Luego de finalizadas cada una de las exposiciones, el tribunal pasó la causa a resolver.

De acuerdo al artículo 286 del Código Procesal Penal, los jueces tienen hasta 10 días como plazo máximo para emitir su resolución. En representación del Ministerio Público Fiscal estuvieron María del Valle Durán y la fiscal adjunta Claudia Heit, mientras que Fiscalía de Estado estuvo representada por Hugo Scarzo y Jenifer Corvalán. También participaron de la audiencia Sergio Finelli, gerente de la empresa constructora a cargo de la obra; y Gustavo Quiroga, abogado de los integrantes de la Asamblea Ciudadana en Defensa del Vulpiani.

La causa llega a esta instancia luego de que el juez de Garantías N° 3, Marcos Flores Leyes, no hiciera lugar, en un auto del 6 de julio de 2023, a un pedido de desalojo de la Fiscalía N° 4, y ordenase el pase a visibilidad de las actuaciones al Juzgado Civil, Comercial y Ambiental, que por turno corresponda, para su conocimiento.

TODAS LAS VOCES

Según el reclamo de los ambientalistas, la obra atentaría con el medio ambiente y pondría en riesgo el patrimonio cultural e histórico del acueducto. Simultáneamente, la empresa Serving SRL, a cargo de la ejecución de los trabajos, denunció que desde el 3 de julio pasado un grupo de manifestantes les impide la entrada y salida de vehículos, maquinarias y personas al lugar, ubicado en Avenida San Roque y Ruta 20.

“La situación ambiental no es una cuestión que se haya tratado o pretendido dilucidar en la presente causa”.

Ante este panorama, Durán explicó al tribunal de Impugnaciones que el 4 de julio, la Unidad de Abordaje Fiscal recibió una denuncia realizada por Sergio Finelli, gerente de la empresa constructora a cargo de la obra, donde informaba que un grupo de personas había colocado cubiertas y alambres de púa en el predio e impedían el paso.

En la denuncia, Finelli solicitaba, además, que los manifestantes se retirasen del lugar y que se deslindase cualquier responsabilidad por los accidentes que pudiesen ocurrir, “debido a que en el lugar se trabaja con maquinaria pesada y los ambientalistas invaden el espacio de la obra señalizada”.

La fiscal argumentó que “sin intención de inmiscuirse en el fondo de la cuestión ambiental por exceder la competencia”, libró oficio a la Comisaría Quinta para que se constituya en el lugar, identifique a las personas y se los intime, en forma pacífica, a permitir el libre tránsito de personas y vehículos.

Durán afirmó que, aunque “se reconocen las garantías que todo ciudadano tiene de manifestarse pacíficamente, las acciones no deben vulnerar el derecho de terceros. Ello, a fin de evitar que se cometan delitos como pueden ser obstruir el tránsito, turbar la posesión o cualquier otro perjuicio que suelen acontecer en las manifestaciones”.

Ante la negativa de los ambientalistas de abandonar el lugar y de ser identificados por la policía, la Fiscalía solicitó al Juzgado de Garantías N° 3 que se dicte la medida cautelar de desalojo. “La víctima tiene el derecho a que se adopten medidas cautelares o de coerción tendientes a impedir que el delito continúe o alcance consecuencias ulteriores y es deber de los fiscales requerir las medidas necesarias para su protección”, argumentó Durán.

Ante el rechazo de la solicitud, el Ministerio Público Fiscal interpuso el recurso de apelación que fue debatido en la audiencia de este lunes. La Fiscal N° 4 explicó ante los jueces que “la situación ambiental, fondo de la controversia entre denunciante y manifestantes, no es una cuestión que se haya tratado o pretendido dilucidar en la presente causa, ya que excede la competencia de esta fiscalía”.

Y agregó: “No desconozco la situación ambiental, he sido asesora del Ministerio de Medio Ambiente y he realizado la capacitación sobre la Lay Yolanda. Tengo entendido que en la Resolución 170, que aprueba el estudio de impacto ambiental, se han fijado reglas de protección al medioambiente, pero esa no es la cuestión que hoy se discute, sino la posible comisión de delitos penales”.

“ESTAMOS HABLANDO DE UN DELITO DE USURPACIÓN”

Jennifer Corvalán, de Fiscalía de Estado, dijo que adherían a lo expresado por la Fiscal Durán y subrayó que es “fundamental recordar que la propiedad de la que se está hablando es del Estado provincial. Si una empresa está a cargo de una obra y unos manifestantes ocupan y, en cierta manera nos quita la posesión o tenencia del predio, estamos hablando de un delito de usurpación”, dijo la abogada.

Hugo Scarzo, por su parte, dijo que “estamos hablando de un delito de acción pública y la primera obligación de un juez de Instrucción es la de hacer cesar los efectos del delito. En el lugar se encuentran diez carpas, están cortados los caminos internos del lugar con gomas y alambres, que impiden la libre circulación de las personas que tienen derecho en el lugar igual que las personas que están acampando”.

Y añadió: “Una cosa es la contienda que tengan los ambientalistas con la empresa adjudicataria de una licitación, con impacto ambiental aprobado, y otra cosa es impedir el libre acceso y circulación de las personas en el lugar”, cerró el abogado.

“EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA ESTÁ EN RIESGO”

El abogado de los integrantes de la Asamblea Ciudadana en Defensa del Vulpiani, Gustavo Quiroga expresó que hubiera sido una gran noticia que Fiscalía invirtiera la cuestión y que “todos estamos de acuerdo en que tenemos que cuidar el ambiente ¿cómo se hace eso? se hace denunciando ante Fiscalía. El patrimonio cultural de la provincia está en riesgo también”.

Dijo que en la evaluación de impacto ambiental presentada por la empresa constructora Serving S.R.L. se menciona el uso de glifosato para la realización de los desmontes y además se especifica que se va a destruir bosque nativo.

Parafraseando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación explicó que “ninguna evaluación de impacto ambiental puede ser condicionada: o se aprueba o no se aprueba; no se puede decir se aprueba y vamos a ver qué hace la empresa o cómo hace la reparación, eso no existe, y eso está en Escazú”.

Para finalizar dijo que esta es una gran oportunidad para generar una nueva institucionalidad ambiental en la provincia ya que se trata del “primer caso ambiental en la provincia” y solicitó la aplicación del Acuerdo de Escazú.

“Pensemos que es nuestra obligación no sólo para nosotros sino para nuestros hijos, nuestros nietos cuidar ese bosque y ese bosque es un ejemplo de lo que debemos cuidar en general entonces les pido, les exhorto que pensemos en una nueva institucionalidad en la provincia, en una institucionalidad ambiental”.

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