Este jueves, Felipe Carmen Isaguirre y Claudio Javier Giménez fueron condenados como autores del delito de robo calificado en despoblado y en banda. Los hechos tuvieron lugar en 2018, en dos localidades del noreste provincial.
El primer asalto ocurrió en abril de 2018 en Las Lagunas, cuando los delincuentes irrumpieron en una vivienda, golpearon y maniataron a sus moradores, llevándose dinero en efectivo, armas de fuego, herramientas y una camioneta pickup que, horas después, fue encontrada en cercanías de La Toma.
El segundo hecho delictivo se perpetró en mayo ese año, en una propiedad de la zona rural de Naschel. En esa oportunidad, los malvivientes también redujeron a las víctimas de manera violenta, escapando del lugar con dinero, armas de distinto calibre, dos grupos electrogénos, herramientas y una computadora.
Los dos imputados, con domicilio real en la ciudad de San Luis, fueron procesados con prisión preventiva y trasladados a la penitenciaría provincial a la espera del juicio para definir su situación procesal.
Giménez, además, fue posteriormente procesado como presunto autor del delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil, por otro ilícito ocurrido en Naschel en mayo de 2018.
Ambos acusados registran antecedentes penales y, en la actualidad, Giménez se encuentra cumpliendo condena por un robo consumado en marzo de 2017 en el Paraje San Ramón, perteneciente al Departamento San Martín (https://www.periodicojudicial.gov.ar/siete-anos-de-carcel-para-el-autor-de-un-robo-en-el-paraje-san-ramon/).
JUICIO ABREVIADO
En la audiencia desarrollada este 17 de agosto, el Fiscal de Juicio, Dr. Mario Néstor Zudaire informó que, junto con la defensa de los acusados, habían arribado a un acuerdo de juicio abreviado.
Tanto los imputados como sus abogados defensores, –Bautista Rivadera, en representación de Isaguirre, y Marcos Juárez en representación de Giménez- participaron del plenario de manera virtual, ratificando el referido acuerdo. A través del mismo, los acusados reconocieron su autoría en los hechos y aceptaron la imposición de la pena privativa de la libertad allí dispuesta.
Luego de escuchar a las partes, la Dra. María Claudia Uccello, quien resultó sorteada para dirigir el debate como jueza unipersonal; resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, dictando en consecuencia el siguiente veredicto:
Declarar a Felipe Carmen Isaguirre culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de robo en despoblado y en banda, en concurso real, dos hechos; condenándolo a sufrir la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas procesales.
Declarar a Claudio Javier Giménez culpable, como autor material y penalmente responsable del delito de robo en despoblado y en banda, en concurso real, dos hechos, y del delito de portación ilegal de arma de fuego de uso civil; condenándolo a sufrir la pena de siete años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas procesales.
La sentencia será dictada en el término de Ley.
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