La damnificada prestó conformidad para que su ex pareja no fuera a juicio, bajo la condición de que realice tareas comunitarias en una institución pública, cumpla con determinadas pautas de conducta y abone la suma de 15 mil pesos en carácter de resarcimiento económico.
El pasado 31 de agosto, en el Juzgado de Garantía N°1 de la Tercera Circunscripción, se llevó a cabo una audiencia de suspensión de juicio a prueba en el marco de una causa por incumplimiento a una orden judicial, cuyos hechos tuvieron lugar en la Villa de Merlo.
En junio de 2022, el imputado – cuyas iniciales son L.M.Q.- fue procesado por violar una medida de cese de hostigamiento dictada en favor de su ex pareja.
Como salida alternativa para resolver el conflicto, la defensa de L.M.Q., ejercida por los defensores oficiales en lo penal, José Francisco Pérez y María Luz Vílchez, presentaron un pedido de suspensión de juicio a prueba. La propuesta consistió en ofrecer un resarcimiento económico para la víctima por un monto de 30 mil pesos a pagar en tres cuotas, y el cumplimiento de tareas comunitarias en una institución pública por cuatro horas semanales durante seis meses, en donde su defendido realizará reparaciones varias y trabajos de albañilería.
“Teniendo en cuenta que la realización del juicio y la hipotética imposición de una pena traería inexorables efectos negativos a la resocialización del imputado, es que se solicita el presente instituto”, argumentó la defensa en relación a su pedido, haciendo referencia también a las constancias de la causa, las circunstancias en las que tuvo lugar el hecho delictivo, la escala penal aplicable y la ausencia de antecedentes penales de su defendido.
El Juez interviniente, Dr. Matías Farinazzo Tempestini, explicó a la víctima y al imputado las implicancias de suspender el juicio a prueba, manteniendo un diálogo fluido con las partes a lo largo de toda la audiencia a fin de que llegaran a un acuerdo que contemplara las pretensiones de ambas.
Considerando los ingresos mensuales del imputado, la víctima aceptó reducir a la mitad el monto de la reparación económica ofrecida, con la condición de que su ex pareja cumpliera debidamente con las tareas comunitarias y demás pautas de conducta, dejando constancia que su interés era moral y no económico.
En representación de la Fiscalía, estuvo presente la fiscal adjunta Silvina Ayelén Argüello, quien prestó conformidad para la suspensión condicional del juicio.
Luego de analizar las presentaciones de las partes, el magistrado resolvió suspender por el plazo de un año el proceso seguido en contra de L.M.Q. quien, para mantener dicho beneficio, deberá llevar a cabo tareas comunitarias por cuatro horas semanales durante seis meses en la institución pública propuesta; y abonar a la damnificada la suma total de 15 mil pesos en tres cuotas mensuales y consecutivas.
En caso de incumplimiento, se revocará el beneficio y el imputado será sometido al proceso judicial correspondiente.
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