27 julio, 2024

CAZA FURTIVA: FORMULARON CARGOS A DOS HOMBRES QUE CAZARON CHANCHOS JABALÍES

El hecho ocurrió en la localidad de El Fortín el Patria. El Juez tuvo por formulados los cargos por infracción a la Ley 22.421.

Este miércoles, se desarrolló en el Juzgado de Garantía Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial una audiencia de formulación de cargos en el marco de un hecho ocurrido el pasado 18 de diciembre en El Fortín El Patria, localidad ubicada al sur provincial.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal, Dra. Andrea Court y Dr. Marcelo Palacios formularon cargos a dos hombres por el delito de infracción a la Ley 22.421 (art. 24) en calidad de co-autores.

La Ley Nº 22.421 de Conservación de la fauna es un ordenamiento legal que tiende a resolver los problemas derivados de la depredación que sufre la fauna silvestre. El Art 24 de dicha ley expresa que “será reprimido con prisión de un (1) mes a un (1) año y con inhabilitación especial de hasta tres (3) años, el que cazare animales de la fauna silvestre en campo ajeno sin la autorización establecida en el Artículo 16, inciso a), el cual establece que “Será requisito indispensable para practicar la caza: a) Contar con la autorización del propietario o administrador o poseedor o tenedor a cualquier título legítimo del fundo”.

La fiscalía relató que el hecho ocurrió el 18 de diciembre a las 9:00 hs aproximadamente cuando los imputados ingresaron al establecimiento rural “El Patria” sin autorización y cazaron de manera furtiva dos chanchos jabalíes.

En ese momento el casero escuchó disparos y se dirigió hacia el lugar donde encontró rastros de una camioneta por lo cual informó a personal policial, luego  se dirigió al lugar y a 100 metros de los alambrados estaban los animales.

Continuó hacia la intersección de ruta 12 y camino vecinal “Perdido el águila” en donde dio con los imputados quienes tenían un fusil en su poder y la vestimenta con manchas de sangre. Asimismo, la fiscal adjunta informó que el encargado del establecimiento manifestó que no había otorgado autorización para la caza.

La defensa -ejercida por los Dres. Flavio y Gustavo Ávila- manifestó que, atento a la hipótesis expresada por la fiscalía,  la posición de la defensa es la de determinar algunas cuestiones para elaborar la teoría del caso que sostendrán y agregó que se tomarán los tiempos procesales establecidos por el código para focalizar o verter una hipótesis distinta a la fiscalía o el ofrecimiento de una solución alternativa. Los imputados se abstuvieron de declarar.

En relación a las medidas de coerción, los fiscales solicitaron la firma del libro del 1 al 10 de cada mes –por el término de cuatro meses- en la comisaria correspondiente a la jurisdicción de Fortín el Patria. La defensa adhirió a la solicitud del Ministerio Público Fiscal y pidió la libertad de sus defendidos.

Luego de la exposición de las partes, el Dr. Matías Farinazzo Tempestini, Juez de Garantías Nº 2 admitió los cargos formulados por fiscalía e hizo lugar a las medidas solicitadas.

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