La sala penal de la Tercera Circunscripción Judicial, presidida por la jueza María Claudia Uccello, declaró a un hombre como autor material y penalmente responsable del delito de robo simple y hurto agravado por escalamiento en dos causas que concluyeron bajo el procedimiento de juicio abreviado. La pena impuesta fue de cuatro años y seis meses de prisión efectiva, a cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.
El imputado había sido investigado por dos hechos ocurridos en la tercera Circunscripción Judicial. El primero sucedió el 2 de octubre del 2020 y fue calificado como robo simple. Según el relato formulado por el Fiscal de Juicio Néstor Zudaire, el acusado habría ingresado a una vivienda y sustraído, entre otros elementos, una bicicleta, perfumes, un router y una sierra circular.
El segundo hecho – encuadrado como hurto agravado por escalamiento – ocurrió el primero de mayo del 2019. En esa oportunidad, el acusado habría forzado la ventana de una vivienda – ubicada en la calle El Ciprés, en la Villa de Merlo – de donde sustrajo elementos como un televisor, botellas de bebida y un parlante.
Participaron en la audiencia desde el Ministerio Público Fiscal, el Fiscal de Juicio, Dr. Néstor Zudaire. En la Defensa del acusado, las Dras. Agustina Rocío Tobares, subrogante en la Defensoría Penal Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial y María Luz Vílchez, Defensora Adjunta.
Las partes explicaron los alcances del acuerdo alcanzado, en marco de lo previsto en el Art. 234 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de San Luis. Por su parte, el acusado reconoció su participación en los hechos, la calificación legal y la imposición de una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva.
Luego de un breve cuarto intermedio, el tribunal dio a conocer la resolución con la que se resolvió: homologar el acuerdo de juicio abreviado, declarar al acusado culpable como autor penalmente responsable de los delitos de robo simple y hurto agravado por escalamiento y condenarlo a sufrir la pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva, disponiendo su inmediato reingreso al Servicio Penitenciario Provincial.
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