26 julio, 2024

JUICIO ABREVIADO: CONDENARON A UN HOMBRE A 2 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN EFECTIVA

Así lo resolvió el Dr. Santiago Ortiz, Juez de Garantía Nº 4,  en una audiencia en la que las partes acordaron concluir causas acumuladas mediante el procedimiento de juicio abreviado.

Luis Emanuel Sosa aceptó su participación en varios hechos delictivos registrados en la ciudad de Villa Mercedes, la calificación legal formulada por los mismos y la imposición de una pena de dos años y seis meses que deberá cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial, en marco de un juicio abreviado que se celebró en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Santiago Ortiz.

Al comenzar la audiencia el Dr. Leandro Estrada explicó que se acumularon varias causas que tenían como autor al mismo imputado: Luis Emanuel Sosa. Además, detalló que acordaron con la defensa – Dr. Hernán Herrera – concluir las mismas mediante el procedimiento de juicio abreviado.

A continuación,  solicitó cambio en la calificación inicial conforme la evidencia recabada, a la de robo simple (previsto y penado en el art. 164 del C. Penal), en carácter de autor (art. 45 del C. Penal), en perjuicio de J.A.E., y respecto del hecho que habría ocurrido el día 02-11-22  y por los delitos de: robo simple (previsto y penado en el art. 164 del C. Penal), en perjuicio de A.J.R.C., en carácter de autor (artículo 45 del C. Penal), y por el delito de Lesiones leves calificadas por la calidad funcional de la víctima (agente de policía) (previsto y penado en los arts. 89, 92 con remisión al art. 80 inciso 8vo del C. Penal), en carácter de autor (artículo 45 del C. Penal), en perjuicio de M.A., y respecto de los hechos que habrían ocurrido el día 30-05-23, todo en Concurso real (55 del C. Penal).  Solicitó una pena de dos años y seis meses de prisión efectiva con expresa declaración de reincidencia, accesorias legales y costas procesales.

El Dr. Hernán Herrera, defensor Oficial Nº 1, adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal, y cedida la palabra a Luis Emanuel Sosa aceptó su culpabilidad en los hechos, como también la pena requerida por la Fiscalía.

RESOLUCIÓN

Luego de escuchar a las partes, el Dr. Ortiz resolvió:  homologar el acuerdo de procedimiento abreviado celebrado por el Fiscal de Instrucción Nº 4 y el  Defensor Oficial Penal con acuerdo del imputado Sr. Luis Emmanuel Sosa, declarándolo autor penalmente responsable por los delito de: Robo simple (previsto y penado en el art. 164 del C. Penal), en carácter de autor (art. 45 del C. Penal), en perjuicio de J.A.E. y respecto del hecho que habría ocurrido el día 02-11-22 y por los delitos de: Robo simple (previsto y penado en el art. 164 del C. Penal), en perjuicio de A.J.R.C., en carácter de autor (artículo 45 del C. Penal), y por el delito de Lesiones leves calificadas por la calidad funcional de la víctima (agente de policía) (previsto y penado en los arts. 89, 92 con remisión al art. 80 inciso 8vo del C. Penal), en carácter de autor (artículo 45 del C. Penal), en perjuicio de M.E.A, y respecto de los hechos que habrían ocurrido el día 30- 05-23 (PEX N° 362075/23), todo en Concurso real (art. 55 del C. Penal), y condenarlo a sufrir la pena de DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISION EFECTIVA, con expresa declaración de reincidencia, accesorias legales y costas procesales.

Asimismo, el Dr. Ortiz dispuso el inmediato traslado de Sosa  al Servicio Penitenciario Provincial a los efectos de cumplir la pena impuesta.

Cabe mencionar que esta audiencia se desarrolló en la sala de juicios Nº 2 y fue presenciada por  un grupo de alumnos de quinto año de la carrera de abogacía de la Facultad  de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de San Luis.

 

 

 

 

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