4 diciembre, 2024

MERLO: 3 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA PARA UN JOVEN QUE INTENTÓ ROBAR EN UNA VIVIENDA

Este martes, se resolvió la situación procesal de Elio Gonzalo Salvatierra, un joven de 28 años que llegó a juicio acusado como autor de los delitos de hurto simple en grado de tentativa, violación de domicilio y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, todos ellos en concurso real.

Los hechos delictivos tuvieron lugar el 22 de enero de este año, pasada la medianoche, en una vivienda ubicada sobre Calle Los Lapachos Sur de la Villa de Merlo.

De acuerdo a la teoría del caso de la Fiscalía, Salvatierra ingresó a la morada por una puerta trasera que estaba sin traba de seguridad, revisando el lugar en busca de elementos de valor.

Los propietarios no estaban en ese momento, pero sí una pareja amiga que se encontraba descansando en una de las habitaciones, y que fue sorprendida por Salvatierra cuando entró al cuarto y los encandiló con la linterna de su celular. El maleante intentó escapar, pero fue retenido por los moradores, quienes llamaron inmediatamente al 911.

Al llegar, la policía requisó al sospechoso, encontrando en el bolsillo izquierdo de su pantalón un arma de fuego tipo pistola automática, calibre 6,35mm, sin municiones en el cargador.

También observaron un gran desorden en el domicilio y varios elementos en distintos sectores de la casa que el delincuente había reunido con el fin de llevárselos, tales como: una valija con prendas de vestir, calzado y una playstation; un CPU; un microondas; y una bolsa de nylon que contenía en su interior celulares, una tablet, un decodificador de DVD, entre otros objetos pertenecientes a los dueños de la vivienda.

Por las razones expuestas, los representantes del Ministerio Público Fiscal, Mario Néstor Zudaire y Débora Antonella Roy Gitto solicitaron que, al momento de dictar sentencia, Salvatierra fuera condenado como autor material de los delitos antes mencionados, considerando como agravantes las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que facilitaron el accionar delictivo del acusado, puesto que fue cometido de noche, con los moradores adentro de la vivienda y llevando un arma de fuego en su bolsillo, lo que supuso un aumento del riesgo para las víctimas.

Salvatierra fue representado por el Defensor Oficial en lo Penal, José Francisco Pérez, quien presentó una propuesta de juicio abreviado. Por medio de ella, el acusado reconoció su autoría en los hechos que motivaron la causa y el encuadre jurídico de los tres delitos imputados.

Asimismo, la defensa propuso unificar la pena correspondiente a esta causa con la sanción impuesta a su defendido en el marco de una condena anterior por robo e incendio, de la cual le quedaban aproximadamente dos años de cumplimiento en suspenso. En virtud de ello, se acordó una pena total de tres años de prisión efectiva.

Respecto de su teoría del caso, Pérez argumentó que, al momento del hecho, su representado actuó bajo los efectos del síndrome de abstinencia derivado del consumo tóxico de drogas y que, por lo tanto, no comprendía la criminalidad de sus actos.

“Muchas veces tratamos como delincuentes a las personas que consumen droga y cometen delitos, y no vemos la real afectación a su salud mental, los trastornos que provocan estas sustancias adictivas que no son solamente un factor de riesgo para su vida, sino para su entorno familiar y que terminan siendo un problema socio-sanitario”, reflexionó, solicitando que se tuviera en cuenta dicha circunstancia al momento de la resolución.

Con la conformidad de la Fiscalía y del acusado; la camarista a cargo del debate, Sandra Elizabeth Piguillem, resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado, declarando a Elio Gonzalo Salvatierra culpable como autor material y penalmente responsable de los delitos de hurto simple en grado de tentativa, violación de domicilio y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, todos ellos en concurso real; condenándolo a sufrir la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

Finalmente, le ordenó realizar tratamiento psicológico y psiquiátrico para abordar su consumo problemático de estupefacientes, el que deberá cumplimentar en el servicio penitenciario provincial por el tiempo que continúe privado de su libertad.

Los fundamentos de la sentencia serán dictados en el término de ley.

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