26 julio, 2024

DECLARARON CULPABLE A UN HOMBRE POR DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL

El tribunal lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de guardador accidental. El juicio de cesura será mañana viernes.

El tribunal integrado por los Dres. Mauro Germán D´Agata Henríquez, José Luis Flores y por la Dra. Daniela Estrada emitió esta tarde el veredicto en el que se resolvió declarar penalmente responsable a un hombre como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de guardador accidental en concurso real.

Este jueves al mediodía, en la sala de juicios Nº 1 de Villa Mercedes, se desarrollaron los alegatos de clausura. El Fiscal de Juicio y la Defensora de Menores solicitaron que se declare al acusado penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de guardador accidental. Mientras que la defensa solicitó la absolución de su defendido.

En el debate estuvieron presentes el Fiscal de Juicio, Dr. Néstor Lucero, la Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1, Dra. María Victoria Cortázar Furnari. En representación del acusado  intervinieron la Dra. Silvana Alejandra Zunini y el procurador Adolfo Cafieri.

Luego de un cuarto intermedio, el tribunal dio a conocer el veredicto de culpabilidad e informó que mañana viernes se desarrollará la cesura de pena.

 SOBRE EL HECHO

Cuando se realizó la audiencia de control de acusación, el Fiscal de Instrucción, describió los hechos investigados. Dijo que los delitos se cometieron en la casa del imputado – tío de la víctima – cuando la niña visitaba a sus primos. Destacó que el relato de la víctima fue coincidente y preciso, ya que narró lo vivenciado a sus padres, docentes y en Cámara Gesell.

Para mayor información, ingrese al siguiente enlace: https://www.periodicojudicial.gov.ar/la-fiscalia-pide-35-anos-de-prision-para-un-hombre-acusado-de-abuso-sexual/

 ARTÍCULO 184.- REALIZACIÓN EN DOS FASES. La realización del juicio será dividida en DOS (2) partes. En la primera se tratará todo lo relativo a la existencia del hecho, la participación criminal, su calificación legal y si la persona juzgada es culpable o inocente.- Cuando haya veredicto de culpabilidad, en una segunda fase, las partes podrán solicitar al Juez o al Tribunal un plazo máximo de CUARENTA Y OCHO (48) horas, luego del veredicto, para valorar las pruebas a fin de fijar la pena y su modalidad de cumplimiento, fijándose una audiencia a tales efectos.-

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Por tratarse de un delito contra la integridad sexual, dependiente de instancia privada, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima.

 

 

 

 

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