7 diciembre, 2024

TRES AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO POR AMENAZAR A SU EX NOVIA CON UN CUCHILLO

Asimismo, se ordenó una prohibición de acercamiento recíproca entre el acusado y la damnificada.

Este miércoles, se desarrolló una audiencia en el Juzgado de Garantía Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial en donde se homologó un acuerdo de juicio abreviado.

Participaron de la audiencia, la Fiscal Adjunta, Dra. Cecilia Framini, la Defensora Oficial, Dra. Eliana Pradel y la Secretaria, Dra. Claudia Suarez.

La Dra. Framini, conforme lo previsto por el Art. 234 del CPP relató los hechos, mencionó evidencia y solicitó juicio abreviado para que la conducta del imputado sea calificada por el delito de amenazas agravadas por el uso de arma en calidad de autor y solicitó se lo condene a la pena de 3 años de prisión en suspenso conforme el art. 26 del Código Penal. También solicitó que se disponga la prohibición de acercamiento entre el imputado y la damnificada.

El hecho ocurrió el 15 de noviembre de 2023 en Villa Mercedes. En dicha oportunidad, el imputado acudió al domicilio de la damnificada –ex novia- y después de una charla, él le manifestó que quería abrazarla, es ahí cuando sacó un cuchillo y la amenazó. Tras un forcejeo la mujer logró agarrar el arma, la situación fue alertada por la familia quienes llamaron a la policía.

El imputado reconoció la autoría del hecho y manifestó su consentimiento con la pena acordada.

La defensora del acusado manifestó que su defendido cumplió con las medidas que se le han impuesto hasta el momento, que finalizó el colegio secundario y que se encuentra buscando trabajo. Adhirió a lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal como así también a la prohibición de acercamiento.

Luego de la exposición de las partes, el Dr. Alfredo Cuello resolvió homologar el acuerdo de juicio abreviado  conforme lo establecido en los artículos 234 y 235 del Código Procesal Penal y declaró a Alex Butcha autor penalmente responsable del delito de amenazas agravadas por el uso de arma en calidad de autor (previsto y penado por los Arts. 149bis 2do párrafo, 149 3er párrafo y 45 del  Código Penal) y lo condenó a cumplir la pena de tres años de prisión en suspenso, accesorias legales y costas procesales.

Asimismo, ordenó la prohibición de acercamiento recíproca entre el acusado y la damnificada.

 

 

 

 

 

 

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